lunes, 4 de mayo de 2015

PENA DE MUERTE PARA QUIEN TOQUE UNA SOLA PIEDRA DE LA MEZQUITA DE CÓRDOBA



Para entender el título de este post nos tenemos que remontar a los años 1521 al 1523, en el marco de una Córdoba en periodo de transición de musulmana a cristiana.
Aunque hace ya más de dos siglos que fue arrebatada a los musulmanes, seguía teniendo ese carácter andalusí que por casi 500 años había tenido como la joya del al-Andalus.

Recordemos que cuando las ciudades se rendían y pasaban de manos musulmanas a cristianas las costumbres de sus habitantes fueron respetadas en un tiempo, luego la intolerancia hacia los antiguos habitantes se hizo cada vez más agresiva, hasta llegar a la expulsión. 

Pero hubo un momento de inflexión en esta ciudad que dividió a los cristianos, y fue la construcción dentro del edificio emblemático de la Qurtuba Umeya, de la Córdoba cristiana, y era la antigua Mezquita aljama.

Desde que en 1236 Fermando III "el Santo" conquistara la ciudad para los cristianos ha estado en manos de la Iglesia Católica Romana, ella se ha encargado de su conservación, protección y mantenimiento. 

En 1260 se inician las obras para la creación de una nueva Capilla Mayor dentro de la antigua Mezquita por orden de Alfonso X "el Sabio", siendo esta la obra más sobresaliente dentro del recinto religioso ya siendo considerado como Catedral de Córdoba pero denominándose comúnmente Mezquita. 

En el siglo siguiente Alfonso Fernández de Sotomayor obtiene el privilegio de poder enterrar sus restos dentro del Templo e inician unas reformas en la Capilla de San Pedro, con una condición, que
no se dañe el Mirahb, nicho que indica la posición de La Meca a los fieles musulmanes a la hora de sus oraciones, como está dentro de la Maqsura, lugar reservado a los califas para la oración, se tapa con
un políptico, que esconde esta belleza a la vista de los cordobeses durante 400 años.

Pero llega el año 1521 y el Obispo de Córdoba, Alonso Manrrique de Lara decide construir una nueva Capilla Mayor dentro de la Mezquita. Así que llama al alarife, albañil, Hernán "el viejo" para que tomará medidas y viera como se pudiera hacer una Capilla mas grande ya que la que había era pequeña y el Coro estaba muy alejado. 
Esto se plantea, se planifica y cuando todo está de acuerdo con el proyecto y la ambición del Obispo de Córdoba se decide la fecha de la reforma, 1523  sería el año de las obras.

Como no hay ley de urbanismo en aquellas fechas el Cabildo eclesiástico no pide licencia de obras y comienza a ejecutar tal proyecto.

Por aquel entonces el Corregidor del Cabildo de Córdoba, es decir el Alcalde, Don Luis Messía de la Cerda pone el grito en el cielo catalogando el suceso como herejía arquitectónica. En su afán de defender lo que él entendía como monumento único en el mundo decide parar las obras.

Así que reúne en pleno a todos los representantes del Cabildo para hacer un requerimiento en presencia del notario Antonio de Toro para que el Cabildo eclesiástico parara las obras.

El 2 de Mayo se le entrega tal requerimiento al Obispo y este hace caso omiso de tal orden civil, lo que enfurece al Cabildo de la Ciudad que en su afán de proteger el emblema de la ciudad de Córdoba decide emitir este bando:

“Estos señores informados de la respuesta que dio el dean e Cabildo sobre el cesar del desfacer de la obra de la dicha iglesia e como no sobreseen fasta que su majestad mande lo que más 
sea servicio acordaron de mandar e mandaron que se pregone publicamente que ningún abañí 
ni cantero ni carpintero ni peón ni otra persona alguna non sean osados de tocar la dicha obra 
en desfacer ni labrar cosa alguna de ella fasta tanto que por su Majestad sea mandado lo que más sea su servicio so pena de muerte e de perdimiento de todos sus bienes para la cámara e fisco de su Majestad esto porque la obra que se desface es de calidad que no se podía volver a facer en la bondad e perfección que está fecha”.

Viendo la reacción de Luis Messía de la Cerda el Obispo excomulga al Alcalde, pero este no se asusta y cumple la orden enviando misivas al Emperador que por esas fechas estaba en Loja.


Pero las pretensiones de Don Luis se quedan en agua de borrajas cuando la carta que le llega del
Emperador responde afirmativamente a las ambiciones eclesiásticas, exponiéndolo de la siguiente manera:

Don Carlos por la gracia de Dios rey de romanos emperador semper augusto dona Joana su madre y el mismo don Carlos por la misma gracia reyes de Castilla, de León… a vos el bachiller Cristóbal del Baño provisor e vicario general en la Santa iglesia et obispado de Córdoba y a otro cualesquier vicario o juez olegarquico que hayan subcedido en su lugar a quienes esta 
nuestra carta fuere mostrada salud e gracias. Sepades que a pedimento del concejo justicia e regimiento de la ciudad de Córdoba fue traydo ante los oidores de la nuestra abdiencia que está e reside en la ciudad de Loxa un proceso original que de pedimiento del dean et cabildo de la dicha iglesia vos el dicho Cristóbal del Baño aviades e faciades contra los dichos concejo e justicia e regimiento de la dicha ciudad sobre cierta obra que los dichos dean y cabildo querían facer en la dicha iglesia y sobre cierto pregón que la dicha ciudad mandó dar para que ninguno labrase en la dicha obra so ciertas penas y sobre las otras causas e razones en el proceso del dicho punto contenidas el cual dicho proceso por los dichos nuestros oidores visto proveyeron et mandaron en el un auto y mandamiento rubricado et señalado de sus rúbricas y señales el tenor del cual es est.e que sigue: En la ciudad de Loxa a siete días del mes de julio de mil et quinientos et veinte et tres años visto por los señores oidores del abdiencia de sus Magestades el proceso depleito que ante ellos fue traído por vía de fuerza a pedimiento del Concejo justicia e regimiento de la ciudad de Córdoba que es ante la dicha ciudad de la una parte et el dean e cabildo de la Santa iglesia de Córdoba de la otra, dijeron que el bachiller Cristobal del Baño vicario de la dicha iglesia que del dicho pleito conocía que es en no otorgar la apelación que del fue interpuesta que. fizo e cometió fuerza y aquella alzando e quitando mandaban e mandaron al dicho vicario que otorgue la dicha apelación según el como e para ante quien fue interpuesta y absuelva a todos e cualesquier personas que por esta cabsa tenga descomulgados y alce cualesquier censuras e descomunicaciones e entredichos que tenga puestas libremente sin costa alguna y lo haga e cumpla lo dicho so pena de perder la naturaleza e temporalidades que ha e 
tiene en estos raynos y más de doscientos mill maravedís para la cámara e fisco de nuestras Magestades de lo cual fue acordado que debiamos mandar esta nuestra carta para vos en la dicha razón e nos tovimos lo por bien por lo cual mandamos a vos el dicho bachiller Cristóbal del Baño e a otro cualesquier vicario que haya sucedido en su lugar que veáis el dicho auto de mandamiento por los dichos nuestros oidores cerca de los susodicho dado que de suso va incorporado y lo guardéis e cumplais en todo e por todo según e como en el se contiene e non 
fagades ende al por alguna manera so las penas en el dicho auto de mandamiento contenidas et 
demás mandamos al ome que esta nuestra carta mostrare que vos emplace que parezcades ante 
los dichos nuestros (¡idores el día que’ vos emplazaren fasta quince días primeros siguientes so la dicha pena so la cual mandamos a cualesquier escribano público que para esto fuere llamado que den al que vos la mostrare testimonio signado con su signo porque nos sepamos ‘como se cumple lo mandado. Dada en la cibdad de Loxa a catorce días del mes de julio año del nacimiento de nestro Salvador Jesucristo de milI e quinientos et veinte e tres años. Yo Diego Gómez de Gumiel escribano de Cámara e del abdiencia de sus señorías e de su magestad lo fice escribir en cumplimiento de un acuerdo de los dichos oidores de su real Abdiencia.”
Debemos pensar que este pleito se inició ya que todas las Mezquitas aljamas habían sido destruidas por completo alzando nuevos templos, en este caso las catedrales que conocemos ahora. 

Pero en este caso para unos el Obispo solo quiso ampliar la Capilla y para otros el temor era destrozar lo que para ellos tenía un valor incalculable.

Después de todo esto, cuenta la historia que cuando en 1526 visitó la ciudad se arrepintió de tal reforma ante la belleza del templo que los emires y califas de Córdoba. 
La cuestión es que tenemos un monumento tremendo, un monumento emblemático y un monumento único, disfrutémoslo y sintámonos orgulloso de él.
Lo demás es un sin sentido.

Bibliografía:
Wikipedia
infocordoba
antecordoba
arteguías
mezquita de cordoba

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